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</style></head><body><a href="http://infoling.org"
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<br />Moderador/a: Carlos Subirats (U. Autónoma Barcelona), Mar Cruz
(U. Barcelona)
<br />Editoras: Paloma Garrido (U. Rey Juan Carlos), Laura Romero (UB)
<br />Programación, desarrollo y asesor para informaciones de
lingüística computacional: Marc Ortega (UAB)
<br />Directoras/es de reseñas: Alexandra Álvarez (U. Los Andes,
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Córdoba, España), Luis Cortés (U. Almería)
<br />Asesoras/es: Isabel Verdaguer (UB), Gerd Wotjak (U. Leipzig,
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Antonio Ríos (UAB), Danica Salazar (UB)
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1576-3404 </font>
<br /><font style="font-size:90%">© Infoling 1996-2012. Reservados
todos los derechos</font>
<br />
<br /></br><hr /><b>Reseña:</b><br />
Sinner, Carsten; Zamorano Aguilar, Alfonso, eds. 2010. La excepción
en la gramática española. Perspectivas de análisis. Madrid /
Frankfurt:
Iberoamericana / Vervuert<br /><b>Autor/a de la reseña:</b> Victoria
Archidona Martín<br /><b>URL:</b> <a
href="http://infoling.org/resenas/Review106.html"
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/><b>Directora de esta sección: </b>María Luisa Calero (U. Córdoba,
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<p class="nflng-tituloresea" awml:style="NFLNG-TITULORESEÑA"
dir="ltr"
style="text-align:justify;margin-bottom:24pt;margin-top:18pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Victoria Archidona Martín. Reseña de
<a href="http://infoling.org/search/books/ID/264"
target="_blank">Carsten Sinner; Alfonso Zamorano. 2010. <i>La
excepción en la gramática española. Perspectivas de análisis</i>.
Madrid / Frankfurt: Iberoamericana / Vervuert</a>. <i>Infoling</i>,
14 de junio de 2012 <<a
href="http://infoling.org/informacion/Review106.html"
target='_blank'>http://infoling.org/informacion/Review106.html</a>></span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">La excepción, arraigada en nuestras
gramáticas desde sus comienzos, siempre ha sido uno de los motivos de
discusión y debate en la lingüística histórica. En muchos casos
incluso se ha querido disimular o esconder la anormalidad o el
resquicio que se sale de la norma. Este libro pone de manifiesto cómo
los gramáticos la han abordado y cómo, en la lingüística actual,
se considera un elemento más de la variación e inherencia de las
lenguas. Desde la terminología hasta la morfología y la pragmática
pueden verse ejemplos significativos de las anomalías de la lengua y
cómo estas no pueden desecharse a pesar del ideal normalizador y
lógico que quiera darse a las lenguas. </span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Se nos presenta </span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">La excepción en la gramática española</span><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> como una obra compuesta por once
contribuciones, de distinta extensión y realizados por distintos
autores, entre los que se encuentran los editores: el Dr. Carsten
Sinner y el Dr. Alfonso Zamorano Aguilar. El aspecto central que aúna
todos estos capítulos es la “excepción”, estudiada desde
diversos puntos de vista. La excepción se identifica con aquello que
es divergente y que parece escaparse a una regla o norma, o
simplemente a una explicación, y de ahí que atraiga la atención y
sea pertinente su estudio. De hecho, tal y como afirman Sinner y
Aguilar en el capítulo introductorio (Sinner y Zamorano: 9):
“la controversia, por ejemplo, entre regla y excepción […] se
halla ya en los gramáticos latinos”.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Puesto que ya existía excepción en las
gramáticas latinas, esta se extendió a las gramáticas de las
lenguas modernas. De hecho, aquellos elementos que eran considerados
como analogías o excepciones en la gramática latina acabaron siendo
considerados y denominados </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">idiotismos</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> o
se inscribían dentro de la llamada </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES" lang="es-ES">sintaxis
figurada</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> o, lo que es lo
mismo “el cajón de sastre del análisis lógico y gramatical
para todo aquello que contradecía lo establecido sobre el fundamento
de la gramática latina” (Sinner y Zamorano: 10).</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Ya desde la independencia de las lenguas
romances puede observarse la mención de excepciones y analogías en
su interior. Si nos centramos en el estudio de la gramática española
en concreto (que es de lo que esta obra trata particularmente), hay
que decir que la excepción siempre ha sido tratada a lo largo de su
historia. Su uso, además, sirve para señalar el carácter
idiosincrásico de los elementos excepcionales, es decir, se emplea
para expresar la idea de inexplicabilidad de ciertos elementos
mediante reglas determinadas por la lengua (Sinner y Zamorano:
10).</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Este volumen, por tanto, pone de
manifiesto la relevancia que ha tenido el concepto de excepción a lo
largo de la historia en la gramática española y su
pluridimensionalidad en la actualidad. A lo largo de las páginas que
componen esta obra se trata el tema de la “excepción”
desde diversas perspectivas (sincrónica e historiográfica) y se
abordan diversos aspectos relacionados con todos los niveles
lingüísticos (semántico, sintáctico, pragmático, etc.), aspectos
que, además, siempre han sido objeto de controversia. </span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">El volumen, por tanto, podría ser
estructurado en torno a dos grandes bloques que estudian la excepción
desde distintas perspectivas. Por una parte, puede observarse un
ámbito lexicográfico y terminológico que englobaría los capítulos
llevados a cabo por Alfonso Zamorano Aguilar (37-45), Eva Feig
(168-186) y Magdalena Coll (231-254). El segundo gran bloque
abarcaría todas las demás contribuciones que, de una forma u otra,
abordan la excepción desde un punto de vista gramatical y su
tratamiento en los distintos tratados españoles. Estos estudios son
los que realizan Mª Luisa Calero Vaquera (18-36), Carsten Sinner
(68-108), Julio Arenas Olleta (109-131), Claudia Polzin-Haumann
(133-151), Vera Eilers (152-165), José Luis Girón Alconchel
(187-199), Elmart Eggert (201-229) y Andreas Dufter
(255-280).</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Comenzando por el primer bloque,
la</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> </span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">excepción es estudiada aquí desde su estructura misma,
aludiendo a aspectos intrínsecos del metalenguaje y haciendo
referencia a los términos utilizados por los gramáticos para
denominar la categoría abstracta </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">irregularidad</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">,
así como el concepto mismo de </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">excepción</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">.
Zamorano señala que los gramáticos utilizan giros léxicos muy
diversos para manifestar la existencia de esta categoría, incluso
llegan a emplear estructuras negativas, tales como “no siempre
dicen relación” (Zamorano: 57). Además, aclara que también
existen otras categorías que son usadas como “marcadores de
excepción tales como adverbios en estructuras afirmativas:
</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">generalmente</span><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">, </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">comúnmente</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">,
</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">casi siempre</span><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">, o algunos verbos, como </span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">padecer</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> o
</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">carecer</span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">” (Zamorano: 57- 58). De esta manera, Zamorano pone
de relieve la importancia del metalenguaje como instrumento de
análisis en lingüística.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">En una línea similar, la profesora Feig
lleva a cabo el análisis del discurso desviacionista de la gramática
de Andrés Bello: </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Gramática de
la lengua castellana destinada al uso de americanos, con las notas de
Rufino José de Cuervo</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">, con
el objetivo de poner de relieve los términos utilizados para marcar
“lo diferente”. La autora llevó a cabo un análisis
estadístico del uso de los distintos términos utilizados para ello.
Teniendo en cuenta los siguientes parámetros: el origen de las
palabras, las posibles colocaciones léxicas y la frecuencia de uso de
estos términos, pone de manifiesto que </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">irregularidad</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">
es el término más utilizado, mientras que </span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">excepción</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> es
el que menos frecuencia de uso tiene. De estos resultados podemos
destacar, tal y como expone la autora (181-183), varias conclusiones:
en primer lugar, </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES" lang="es-ES">anomalía,
irregularidad y excepción</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">
no pueden ser considerados como sinónimos totales, ya que cada uno es
utilizado para unas determinadas formas y funciones, es decir, en una
serie de colocaciones léxicas. En segundo lugar, su función última
recaerá en comentarios normativos para usos concretos; y, por
último, se debe destacar la utilización de términos varios, así
como construcciones y combinaciones desviacionistas en este autor.
Estas puntualizaciones, como ya mencionábamos anteriormente con
referencia al trabajo de Zamorano, han seguido llevándose a cabo a lo
largo de la evolución lingüística con los ejemplos mencionados por
el autor (cf. supra.).</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">En cuanto a la lexicografía, la
excepción se estudia en este libro a partir de las irregularidades
que presenta el verbo en los diccionarios. De esta manera, Magdalena
Coll aborda las irregularidades del verbo en español en los
diccionarios especializados, en la información gramatical y en los
diccionarios generales. Un aspecto que resulta claro es que, en todos
ellos, desde el siglo XVIII hasta la actualidad, se trata el tema de
la irregularidad de los verbos, lo cual resulta bastante
significativo. Entre los diccionarios especializados, entre los que
podrían encontrarse desde diccionarios de dudas, de conjugaciones o
diccionarios filológicos y lingüísticos, parece observarse que los
más adecuados para este tipo de estudio son los diccionarios de
conjugaciones. Entre ellos se encuentra la </span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">Guía de verbos españoles</span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES"> de Villar, quien ofrece una clasificación formal del
verbo, así como una conjugación, clasificación y descripción de
las irregularidades. Por tanto, parece encajar perfectamente en el
tipo de manual necesario para abordar las irregularidades
verbales.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Resulta relevante que en cuanto a los
diccionarios generales, Coll indique que el </span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">Diccionario de Autoridades</span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES"> (1720-1739) ya hiciera referencia a las irregularidades
y abordase el tema de manera compleja; sin embargo, este no volvería
a tratarse hasta el </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Diccionario
de la Real Acad</span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">e</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">mia </span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">(2001) puesto que en todas las ediciones anteriores se
suprimieron las conjugaciones de verbos irregulares y, con ellas, las
referencias al carácter irregular de los verbos. Otro aspecto que
resulta significativo tiene relación con la lematización: los
diccionarios académicos reducen el paradigma verbal a una sola forma
canónica que suele ser el infinitivo, por lo que, en muchos casos,
habrá que recurrir a diccionarios que sí contengan formas no
canónicas para poder resolver dudas, tales como excepciones. Sí
incluyen los participios, haciendo una excepción con estos
(248-249).</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Por otra parte, en el primer trabajo del
segundo bloque que hemos señalado, Calero Vaquera (20) indica que a
partir del siglo XVII algunos teóricos europeos determinaron que las
lenguas naturales eran caprichosas, ilógicas, ambiguas e irregulares,
por lo que pretendieron crear lenguas supuestamente científicas,
gobernadas por la lógica y la razón, la claridad y la economía, con
el fin de construir códigos racionales y filosóficos y, para ello,
como es lógico, no tendría cabida ningún tipo de anomalía o
excepción. Aunque hubo intentos de creación en diversos países
europeos, como Inglaterra o Alemania, la autora se centra en los
proyectos españoles. Destaca el caso de José López Tomás, quien
propone, ya en el siglo XX, hacer del español una lengua artificial
despejada de toda irregularidad y anomalía, y simplificarla y
regularla, dejándole estrictamente lo necesario. Defendía López
Tomás la idea del español como lengua universal por tener un gran
número de hablantes y una escritura casi fonética (29). Sin embargo
y como es lógico, para que la idea pudiera proliferar, la lengua
debía sufrir distintos cambios en los planos fonológico,
morfológico y sintáctico. Por ello, con buen criterio la autora
afirma que el lenguaje “tal vez no sea la maquinaria imperfecta
que se pensaba y que algunas de sus supuestas carencias no son sino
sutiles mecanismos que lo vuelven más maleable” (Calero
Vaquera: 34), por lo que las excepciones han de formar parte del
conjunto gramatical necesario para que esta funcione correctamente. De
esta manera queda reflejado el desánimo y rechazo por parte de muchos
de los gramáticos de la época por aceptar e incluir la excepción en
las gramáticas.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Tal y como explica Julio Arenas Olleta
(123) “la gramática histórica se concibe como un medio de
explicación de las excepciones/irregularidades morfológicas de la
lengua”. Desde la gramática histórica y la historiografía,
Arenas Olleta establece las circunstancias que existieron en el siglo
XIX, que caracterizaron la proliferación de diversas gramáticas,
así como el tratamiento que estas le dan al concepto de
“excepción”; en particular, se centra en el nivel
fonético, paradigma de excepción. Según el autor (Arenas Olleta:
119) será, por tanto, la propia gramática histórica la que se ocupe
de elaborar herramientas teóricas que puedan explicar las excepciones
que se dan a las leyes fonéticas. Aquí entendemos ya que el propio
concepto de “ley” conlleva el carácter normalizador que
se contrapone a la excepción y, por tanto, cómo las gramáticas
pretendían legalizar todo aquello concerniente a la
lengua.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Continuamos en el siglo XIX y nos
centramos en la influencia que tuvo la corriente filosófica
“ideología” en España, así como el sensualismo, y las
consecuencias que esto provocó en las gramáticas de la época en lo
que a la excepción se refiere. Vera Eilers realiza un estudio de las
gramáticas generales y particulares de esta época. Partiendo de la
consideración de que una lengua particular, como el español o el
francés, sería la excepción de la lengua universal. Por tanto,
“el concepto de los ideólogos incluye la idea de no
tratar las excepciones porque […] incluyen informaciones redundantes
para el aprendizaje eficaz” (Eilers: 154). De la misma manera,
para la teoría sensualista “todos los tipos de excepciones
gramaticales son considerados como esfuerzo excesivo para los
alumnos” (Eilers: 158). Por ello, las anomalías o excepciones
no tienen ningún tipo de justificación en las gramáticas y, de ahí
que abogasen por la exclusión de cualquier elemento anormal o
exclusivo. Sin embargo, y como la autora demuestra (160), ante
problemas concretos, no se encontraban soluciones normativas, por lo
que había que pensar en la excepción como única solución, como
ocurre con la teoría del verbo único. Por tanto, se constata una vez
más la relevancia de la excepción en todas las épocas de la
historia lingüística.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">En la línea de cómo las gramáticas
han tratado la excepción (en muchos casos, anulándola o
desmintiéndola), el estudio de Girón Alconchel nos muestra cómo,
partiendo del uso de </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES" lang="es-ES">excepción
implícita</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> y </span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">gramaticalización</span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">,</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> </span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">Correas y Nebrija en sus respectivas gramáticas,
intentan también evitar la presencia de todo cambio lingüístico
mediante la regulación de la variación; ambos pretendían eliminar
todo síntoma anómalo creado por la evolución lingüística pero en
ninguno de los dos casos triunfa el intento. El autor, para explicar y
ejemplificar los conceptos antes mencionados, alude al uso concreto
del artículo de los relativos compuestos (</span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">el</span><span style="font-weight:bold" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES"> </span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">que y
</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">el</span><span style="font-weight:bold"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> </span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">cual) en Bello. Existen diversas conceptualizaciones de
este artículo por parte de unos gramáticos y otros: unos lo
consideran simplemente dentro de la forma de relativo como un afijo
que expresa el género y el número; otros lo ven como un verdadero
artículo; mientras que otros lo consideran un sustantivador del
relativo (Girón Alconchel 192-193). De esta manera, se puede observar
cierta excepción implícita (también considerada como polisemia de
las categorías gramaticales) puesto que esta es una clase de palabra
“que es un </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">continuum</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">
entre pronombre y afijo flexivo de concordancia” (Girón
Alconchel: 192). Así, se alude acertadamente a una nueva noción de
gramática sincrónica que describe la lengua como un sistema
dinámico y adaptable a las necesidades de cambio, en el que se debe
incluir el dinamismo interno de las estructuras y el </span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">continuum</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">
categorial en el uso.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">También aludiendo a Nebrija, el
profesor Elmart Eggert explica cómo se trataban regla y excepción en
obras gramaticales previas al autor y, en particular, en </span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">El arte de trovar,</span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES"> de Enrique de Villena. Resulta bastante interesante que
llamaban a aquel conjunto de reglas el </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">arte</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">,
contrastándolo con el </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">uso</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> del
lenguaje vulgar cotidiano que era la lengua materna dominada por
haberlo aprendido y usado desde niño. (Eggert 212). Es por esto por
lo que Nebrija y −previamente− Villena pretendiesen construir
regularidades mediante las cuales pudieran elaborar unas indicaciones
para el uso trovadoresco. El autor pone de manifiesto que en esta obra
se utilizan delimitaciones en todos los niveles y, no sólo eso, sino
que hace especial hincapié en la fonética, con una descripción
detallada de la articulación de cada sonido. Por otra parte, destaca
el hecho de que (tanto en Villena como en Nebrija), aun constatando
comportamientos diferentes a los mantenidos en la regla en
determinadas palabras, no se les denomina </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES" lang="es-ES">excepción,
analogía</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> ni similar. Estas
eran registradas y, de hecho, de manera muy numerosa; sin embargo,
eran consideradas una subordinación de la regla, llegando incluso a
ordenarlas en función a esta.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">A pesar de todo ello, se ha demostrado a
lo largo de la historia de la gramática que la excepción es un hecho
constatado, como demuestra el estudio sobre verbos defectivos de
Sinner. El autor lleva a cabo un análisis de las distintas clases de
verbos, cómo unos se diferencian de otros y, en concreto, los
criterios que se utilizan para caracterizar los verbos denominados
</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">defectivos</span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES"> e </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">irregulares</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">.
En primer lugar, Sinner (68) resalta la diversidad de
conceptualizaciones que se han realizado de la categoría verbal que,
además, en muchas ocasiones resultaban ser contradictorias. A pesar
de que en una primera descripción la diferencia puede verse
clara:</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">-verbos irregulares: presentan una
conjugación única o forman parte de un conjunto de verbos que no
sigue el patrón de los verbos regulares;</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">-verbos defectivos: presentan un
paradigma incompleto en su conjugación o su uso se limita a ciertos
tiempos o personas;</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">la conceptualización de los verbos
defectivos, en concreto, en gramáticas modernas se establece desde
muy diversos puntos de vista (sintáctico, morfológico, fonético,
etc.) e, incluso, llegando a defender que “los verbos son
defectivos a pesar de saber que algunos usos simplemente son poco
frecuentes o se dan en determinadas capas de la sociedad o en
determinadas áreas de habla hispana” (Sinner: 77), lo cual
eclipsa, en cierta manera, la variación lingüística existente, en
pro de una consideración tradicional: la inexistencia de esas formas
verbales.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Sin embargo, el problema no acaba aquí:
tradicionalmente ha habido una confusión terminológica entre verbos
defectivos e impersonales. Sinner afirma que las gramáticas
tradicionales utilizan ambas denominaciones y admiten que (92): los
impersonales son, efectivamente, a la vez un tipo de verbos
defectivos. Sus problemas a la hora de acoplar los distintos verbos en
las clases empleadas son sintomáticos de las dificultades con que se
encuentran los gramáticos del español. De este modo, puede verse la
transcendencia de la irregularidad en la categoría verbal y que, aún
hoy, sigue vigente. Tal y como propone el autor, por medio de la
comparación lingüística de la gramática española con gramáticas
latinas, griegas y románicas podría arrojarse luz sobre la
categorización de los verbos defectivos y su descripción, ya que
tradicionalmente no ha suscitado mucho interés (Sinner:
83).</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Otro fenómeno que ha resultado ser
problemático a lo largo de la tradición gramatical, además del
verbo −como acabamos de ver−, ha sido el leísmo (así como
loísmo y laísmo). Claudia Polzin-Haumann (148) pone de relieve a la
hora de calificar este fenómeno, de nuevo, la disparidad de opiniones
entre los gramáticos: mientras que unos consideran el leísmo una
excepción, otros lo sitúan en los márgenes de la norma
(Polzin-Haumann: 133). Pero, además, la autora destaca que los
gramáticos ni siquiera utilizan los mismos criterios para
caracterizar lo que entienden por excepción y por regla, lo cual hace
más dificultoso aún la delimitación de cualquier fenómeno o
elemento dentro de estos parámetros. Al adentrarse en el estudio y
descripción de los conceptos de leísmo, loísmo y laísmo,
Polzin-Haumann acierta al caracterizarlos y clasificarlos según sus
variantes geográficas y socioculturales. Además, explicando la
aparición de estos fenómenos en las gramáticas del siglo XVIII del
corpus estudiado, la autora concluye que se manifiestan grandes
diferencias entre unas gramáticas y otras a la hora de definir,
contextualizar y analizar estos elementos. De hecho, “se
documentan por lo menos cinco conceptos normativos diferentes. […]
Los autores tampoco coinciden en determinación y la valoración de
las excepciones” (Polzin-Haumann: 145). Esto, evidentemente, nos
lleva a la situación actual, en la que se puede determinar el
carácter etimológico, dialectal, etc. del leísmo, laísmo o
loísmo, pero resulta difícil aclarar si se trata de una regla o de
una excepción cuando nunca se han puesto de acuerdo. En todo caso, en
las cuestiones relativas a todos estos fenómenos, quizás nos
tendríamos que hacer la misma pregunta que se hace la autora: ¿tal
vez tendríamos que decir que las reglas producen las excepciones?
(Polzin-Haumann: 149).</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Como se ha podido comprobar, en general
los autores que componen los estudios aquí recogidos ponen de
manifiesto el desacuerdo general que existe a la hora de estudiar
aspectos relacionados con </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">regla</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> y
</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">excepción</span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES"> y, más si cabe, en casos polémicos, que tienen
ambigüedad, como ocurre con el caso del </span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES" lang="es-ES">que
</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">galicado que analiza
Andreas Dufter. Este elemento subordinante en las perífrasis de
relativo ha sido muy discutido, ya sea por su origen, ya sea por su
uso. Una vez más, el autor evidencia el desacuerdo general por parte
de los gramáticos al caracterizar este elemento, desde su
denominación, utilización, origen y usos. En cuanto a su origen, a
pesar de que muchos se inclinaban por su procedencia francesa y es
concurrente en construcciones homólogas de esta lengua, ya estaba
presente en el español antiguo y en otras lenguas románicas, por lo
que se trata más bien de un origen común entre varias lenguas
románicas, como el portugués (Dufter: 264). La excepcionalidad de
este elemento viene determinada por ser utilizado como nexo oblicuo en
perífrasis de relativo, en vez de lo que sería </span><span
class="cursiva" style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES">normal</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">, como
adverbio de relativo. Un ejemplo podría ser: “¿es acá
</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">que</span><span xml:lang="es-ES"
lang="es-ES"> te duele?”</span><span class="cursiva"
style="font-style:italic;" xml:lang="es-ES"
lang="es-ES"> </span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Sin
embargo, esta anormalidad también estaría acentuada por “la
ausencia de una marca de relación sintáctica y semántica entre el
elemento hendido y la oración de relativo” (Dufter: 262). Por
todo ello, este elemento lingüístico ha sido históricamente
criticado y desaconsejado su uso. Sin embargo, se sigue teniendo
constancia de su utilización, sobre todo en América y como
sustitución de “como” y “por lo que”. De esta
manera, parece más que obvio que estamos ante una clara
excepción.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Como hemos podido comprobar, en la
lengua existen irregularidades y excepciones y, por tanto, es un
aspecto que siempre ha sido motivo de discusión y estudio por parte
de la lingüística. Este libro aúna varias líneas: el análisis
sincrónico, la importancia que ha tenido la excepción en distintos
períodos de la historia gramatical española, así como la gran
repercusión que ha tenido en su conceptualización actual. Además,
es de valorar su carácter multidisciplinar dentro de la materia
lingüística, ya que se abordan cuestiones relativas a distintos
ámbitos, como la lexicografía, la terminología o la
gramática.</span></p>
<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"><span
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">Por otra parte, en muchas ocasiones, las
dudas suscitadas acerca de cuestiones lingüísticas pueden tener su
origen en problemas no solventados históricamente y, de ahí, su
falta de acuerdo por parte de los gramáticos; a este respecto
</span><span class="cursiva" style="font-style:italic;"
xml:lang="es-ES" lang="es-ES">La excepción en la gramática
española</span><span xml:lang="es-ES" lang="es-ES"> nos muestra
algunas de esas cuestiones, que tanta controversia y polémica han
provocado entre nuestros gramáticos a lo largo de la historia, y
cuál sería la posible evolución en el presente o futuro de la
lengua española, como por ejemplo ocurre con los verbos defectivos o
el leísmo. Gracias a los datos y resultados aportados por los autores
puede seguir indagándose en el presente, pasado y futuro de este
fenómeno lingüístico consustancial a la naturaleza de las
lenguas.</span></p>
<p class="zzzbibliografia"
style="margin-bottom:6pt;text-align:justify;" dir="ltr"
style="text-align:justify;margin-bottom:6pt;"></p>
<p></p>
<p> </p>
</div>
<div id="footer" style="position: relative;width: 100%;height:
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<p dir="ltr" style="text-align:justify;margin-bottom:6pt"> </p>
</div>
</div>
</div>
<div style="margin-left:20px;margin-right:20px;"><b>Versión en
PDF:</b><br /><a href="http://www.infoling.org/reviews/pdfs/NB264.pdf"
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href="http://www.infoling.org/resenas/Review106.html" target="_blank">
http://www.infoling.org/resenas/Review106.html</a></div></body></html>